En las asociaciones pertenecientes a CORA llevamos tiempo recibiendo quejas de familias que tienen abierto un proceso de adopción en Etiopía. Varios Organismos Acreditados (ECAIS) están solicitando a las familias cantidades entre 7000€ y 13000€ para continuar con sus procesos en dicho país. Estas cantidades no están estipuladas en sus contratos y en algún caso se intentan justificar como “mantenimiento del menor”.
Desde hace tiempo venimos denunciando las irregularidades en Etiopía, pero en este caso la irregularidad se da aquí en España. Los Organismos Acreditados, en tanto que son entidades acreditadas por las autoridades competentes, están obligadas a respetar las tarifas aprobadas por estas últimas. No es admisible por tanto que exijan a las familias pagos adicionales que no estaban contemplados en los contratos que en su día fueron firmados.
La Conferencia de la Haya, a través de la publicación Acreditación y organismos acreditados para la adopción: Principios generales y Guía de Buenas Prácticas No 2, publicada en 2013, indica que “es necesario distinguir estos pagos de los costes de la adopción”, que en España deben ser expresamente aprobados por la autoridad que acredita a las Ecais. En sus págs. 92-93, la guía señala:
“las contribuciones exigidas por el organismo acreditado a los futuros padres adoptivos (…) pueden ser para determinadas instituciones (por ej., para los costes de cuidado del niño), o para proyectos de cooperación del organismo acreditado en el Estado de origen. (…) El pago no constituye necesariamente una obligación legal, y los organismos acreditados pueden presentar la petición en términos de ‘contribución encarecidamente recomendada’, pero en la práctica es ‘obligatoria’ para los futuros padres adoptivos en la medida que su solicitud no será tratada si no se hace el pago”.